Bases legales – Acción Embajadores Parque Corredor

1.- Compañía organizadora

La Comunidad de Propietarios del Parque Comercial “PARQUE CORREDOR” (en adelante, “Parque Corredor”) con domicilio en Torrejón de Ardoz (Madrid), Ctra. Torrejón Ajalvir, km. 5 a 6,500 y CIF nº H-81289043, tiene previsto realizar una promoción que se desarrollará de conformidad con lo establecido en las presentes bases.

 

2.- Denominación

La presente promoción se denomina “Acción Embajadores Parque Corredor” y se desarrolla en el Centro Comercial y en la propia cuenta Instagram de Parque Corredor (en adelante, “La Promoción”)

 

3.- Duración y condiciones de participación

La promoción estará vigente del 8 al 30 de noviembre de 2021

Dicho periodo será denominado “Periodo Promocional”. Si por causas de fuerza mayor fuera necesario aplazar, modificar, anular o repetir la promoción, este hecho se les notificará por los mismos medios que le ha sido notificada dicha promoción, dándole a la modificación el mismo grado de publicidad que a la presente promoción.

Los concursantes deberán cumplir la normativa y política de la Red social Instagram

La participación en la promoción es gratuita y podrá participar cualquier persona física mayor de edad, residente en el ámbito territorial del estado español, en las condiciones que a continuación se detallan.

 

4.- Finalidad

La promoción tiene como finalidad sortear 5 tarjetas regalo de 50€ cada una para la tienda del centro que el ganador escoja

 

5.- Mecánica de la promoción

Para participar en la promoción, se deberá realizar lo siguiente:

  1. Acercarse al Punto de Información del Centro Comercial y solicitar el regalo de un ojo de Pez para incluir en el móvil, como herramienta para sacar fotos de esta promoción. Para recibir esta herramienta, se deberá ser miembro de Parque Corredor Club y tener descargada la APP, para escanear el QR de Miembro
  2. Hazte una foto en nuestra zona de tiendas mientras estás de shopping, tomando algo, haciendo un descanso.
  3. Comparte el contenido fotografiado en tu perfil de Instagram
  4. Cuando la compartas, menciona a @parquecorredor y añade el hashtag #influencerspc

En ese mismo momento, se contabilizará su participación en el concurso.

Puedes colgar cuantas fotos desees siempre que cumplan la temática, se contabilizarán como una participación

Las fotos o videos deberán sacarse únicamente en la zona común de tiendas del centro comercial, no se incluye la parte de ocio y restauración o el interior de ninguna tienda ya que en ese caso se requerirá su eliminación. En el caso de que no se proceda a la eliminación de dicha publicación se procederá a la denuncia de la misma.

Parque Corredor se reserva el derecho de publicar en su perfil de Instagram la comunicación de las imágenes subidas por los participantes en nuestras redes sociales, web y app.

Una vez finalizado el periodo de participación, se realizará el sorteo entre los participantes y se realizará a través de la plataforma Easypromo

 

6-  Condiciones de participación

Las fotos o videos deberán sacarse únicamente en la zona común de tiendas del centro comercial, no se incluye la parte de ocio y restauración o el interior de ninguna tienda ya que en ese caso se requerirá su eliminación. En el caso de que no se proceda a la eliminación de dicha publicación se procederá a la denuncia de la misma.

En el caso de los videos podrán ser formato stories, post o reels.

La cuenta de Instagram de los perfiles donde se publiquen tiene que ser pública. En el caso de que la cuenta sea privada se deberá de enviar una captura de pantalla de la publicación por mensaje privado a @parquecorredor

Si aparecieran personas o menores de edad en la fotografía, el usuario que la envía se hace responsable de su publicación.

El contenido o tema de las fotografías participantes debe cumplir las siguientes consideraciones:

  • Sólo las fotografías que cumplan con la temática del concurso y cumplan los 4 pasos del punto 5, entrarán en el sorteo.
  • Las fotografías no pueden atentar contra la dignidad de las personas.
  • Serán rechazadas todas las fotografías cuyos contenidos sean ofensivos, obscenos y/o violentos.
  • Todas aquellas fotografías que atenten contra la dignidad y/o el decoro, y los que puedan herir sensibilidades quedarán automáticamente descalificadas y fuera de concurso
  • No se aceptarán fotografías cuya propiedad intelectual corresponda a terceros y por tanto, quedará excluida de la promoción toda fotografía que incumpla los derechos de propiedad intelectual de terceros.
  • En el caso de que aparecieran personas (niños o adultos) en la fotografía, es el usuario que la envía se hace responsable de su publicación y de la obtención de sus derechos de imagen.

Además, estará terminantemente prohibido:

Postear comentarios promocionales de las fotografías

Postear comentarios descalificativos sobre las fotografías de otros participantes

Postear comentarios irrelevantes o que puedan ser considerados spam

Se considerará a un usuario como malicioso cuando se haga patente que está llevando a cabo las actividades relacionadas con la promoción de un modo antinatural o artificial mediante:

– La utilización de bots o sistemas automáticos que posteen en Instagram sin control expreso del usuario.
– Uso de cuentas no legítimas creadas para el concurso en Instagram. Se considerará como cuenta oportunista a aquella que haya sido registrada durante el periodo de duración de la campaña, cuente con un número de contactos anormalmente reducido o realice movimientos sospechosos dentro de las diferentes redes explotadas por la promoción.

En cualquiera de todos estos casos, el usuario quedará totalmente descalificado del concurso

 

7.- Legitimación para participar

No podrán participar en la promoción el personal empleado de Parque Corredor, ya sea de los locales que integran el Centro Comercial, el personal de gerencia o bien personal de terceras empresas que ofrezcan sus servicios a Parque Corredor de forma continuada, ni de las empresas que intervienen en la realización de la promoción o los respectivos familiares en primer grado de todos ellos.

Se considerará a un usuario como malicioso cuando se haga patente que está llevando a cabo las actividades relacionadas con la promoción de un modo antinatural o artificial mediante:

– La utilización de bots o sistemas automáticos que posteen Instagram sin control expreso del usuario.

– Uso de cuentas no legítimas creadas para el concurso. Se considerará como cuenta oportunista a aquella que haya sido registrada durante el periodo de duración de la campaña, cuente con un número de contactos anormalmente reducido o realice movimientos sospechosos dentro de las diferentes redes explotadas por la promoción.

En cualquiera de estos casos, el usuario quedará totalmente descalificado del concurso.

 

8.- Selección del ganador

El personal responsable de la gestión de la cuenta Instagram de Parque Corredor llevará a cabo el día 1 de diciembre la comprobación de las participaciones y la posterior selección de los ganadores a través de sorteo en función de las condiciones explicadas en el punto 5.

Se seleccionarán, además, 5 personas que quedarán como suplentes en el caso de que no se pudiera contactar con alguno de los 5 ganadores o estos no pudiera acercarse a recoger el premio en los días y horarios fijados por Parque Corredor.

 

9.- Comunicación al ganador

Parque Corredor se reserva el derecho a comunicar tanto en sus redes sociales o en su portal web el nombre de las personas ganadoras, pudiendo utilizarlo con fines publicitarios.

El comunicado de las personas ganadoras se realizará a partir del 1 de diciembre de 2021 nombrándolas en el post relativo a la promoción, dentro de la Web de Parque Corredor, y en los posts correspondientes a la comunicación de la promoción en Facebook e Instagram. Además, serán contactadas de forma personal el mismo día especificado anteriormente.

 

10. Descripción y entrega de los premios

Los 5 ganadores recibirán una tarjeta de 50€ para gastar en la tienda que elija del Centro Parque Corredor

Los premios en ningún caso serán canjeables por su importe en metálico. Parque Corredor no asume ninguna responsabilidad frente a las personas agraciadas por los vicios o defectos, de cualquier naturaleza, que pudiera tener el premio concedido.

El equipo de Parque Corredor se pondrá en contacto con el ganador que tendrá que indicar nombre completo, teléfono de contacto y correo electrónico para que el Centro pueda indicarle como recoger el premio.

 

11.- Cesión de uso de la fotografía

Cada participante autoriza a Parque Corredor a que éste pueda utilizarla junto con su nombre de usuario, de forma ilimitada con fines publicitarios en su web y redes sociales.

En el caso de que aparecieran personas (niños o adultos) en la fotografía, es el usuario que la envía se hace responsable de su publicación y de la obtención de sus derechos de imagen.

 

12.- Exoneración de responsabilidades

Parque Corredor no se responsabiliza por deficiencias técnicas en el Website, en su caso rogamos a los participantes lo pongan en conocimiento de la gerencia del centro para solventar cualquier tipo de incidencia. La decisión de Parque Corredor es definitiva respecto a cualquier controversia, interpretación o incidencia producida durante el desarrollo de la promoción.

En la participación a través de Internet, Parque Corredor excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de la Web mediante la cual se participa en la promoción y en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas y envíos de formularios de participación a través de Internet.

Parque Corredor no será responsable del funcionamiento del sitio web de Instagram, Facebook. Asimismo, tampoco será responsable de su política de privacidad así como de sus términos y condiciones de registro y protección de datos personales.

 

13.- Protección de Datos

De acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos, los datos facilitados, serán incorporados a un fichero propiedad de Parque Corredor cuya finalidad es gestionar la presente promoción, así como informar de futuras acciones promocionales y comerciales relacionadas con dicha entidad a través de cualquier medio (electrónico o no). El responsable del fichero es la Comunidad de Propietarios del Parque Comercial “PARQUE CORREDOR”. Los participantes tienen derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos, derechos que podrán ejercer dirigiéndose por escrito a: Ctra. Torrejón- Ajalvir, km. 5 a 6,500 (Parque Corredor), Torrejón de Ardoz. En la petición, se deberá adjuntar la siguiente información: – Nombre y apellidos, DNI, mail – Domicilio a efectos de notificaciones. – Derecho que desea solicitar y contenido de su petición. – Número de Teléfono sobre el que se desea ejercer el derecho anterior. Parque Corredor se compromete al cumplimiento de la obligación de secreto de los datos de carácter personal, que en su caso se faciliten, y de su deber de tratarlos con confidencialidad, y se compromete a aplicar las medidas técnicas, organizativas y de seguridad que la legislación en materia de protección de datos y en especial, la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal imponen.

 

14.-Aceptación de bases

Los participantes, por el mero hecho de participar en la presente promoción, aceptan sus bases y el criterio de la Comunidad de Propietarios del Parque Comercial “PARQUE CORREDOR” en cuanto la resolución de cualquier cuestión derivada de la misma.

No obstante, la aceptación del premio por los ganadores supone dar el consentimiento a Parque Corredor para utilizar con fines publicitarios su nombre en el material promocional relacionado con la presente campaña.

 

15.- Ley aplicable y jurisdicción

Las Bases de Promoción se rigen por la ley española. Parque Corredor y los participantes en la promoción, se someten al de los Juzgados y Tribunales de Madrid Capital, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle.

Y para que así conste lo firma en Madrid, a 8 de noviembre de 2021.

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Comunidad de Propietarios del Parque Comercial “PARQUE CORREDOR”